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Nuevas herramientas de trabajo en política migratoria

Nuevas herramientas de trabajo en política migratoria

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El Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dio a conocer en marzo de este año una serie de cambios en la regulación migratoria, que entregan nuevos beneficios a los ciudadanos extranjeros que se encuentran en el país, ya sea en forma definitiva o temporal.

Estos cambios abarcan temáticas como protección a la infancia, a los trabajadores y Derechos Humanos, en general.

En el ámbito de la infancia, existen dos noticias de interés. La primera que es que hoy, cualquier niño o niña que nazca en el país, podrá acceder a la nacionalidad chilena. Esta alternativa solo se pierde para los hijos de extranjeros transeúntes, es decir, en que ambos progenitores tienen la calidad de turistas o tripulantes, según la normativa transitoria. En la medida que exista una voluntad expresa de mantenerse en el país, por parte de alguno de los progenitores, la nacionalidad puede ser concedida por nacer dentro del territorio chileno.

La segunda normativa de interés en la temática infantil es que ningún menor puede ser sancionado por infringir la Ley de Extranjería o su reglamento, dado que la responsabilidad sobre la documentación de un menor de edad recae en sus padres, tutores o guardadores. Tampoco se podrá aplicar sanciones a los padres, tutores o guardadores de menores de 18 años por infracciones atribuibles a los menores de edad. Para el caso de solicitudes de permisos de turismo, visa y permanencias definitivas, por un grupo familiar que mantiene a los padres en situación irregular, se podrá avanzar en la solicitud una vez que los padres hayan sido sancionados por la infracción. Por último y en cumplimiento de los Principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, jamás se podrá expulsar del país a un menor de edad.

En el sector trabajo, se otorga Visación temporaria por motivos laborales a cualquier ciudadano extranjero, con un único requisito esencial: la existencia de un contrato de trabajo con un empleador domiciliado en Chile.

Desde el punto de vista de la salud, tendrán Derecho a acceder al régimen de prestaciones del Fondo Nacional de Salud, FONASA, los ciudadanos extranjeros que han solicitado un permiso de residencia en el país por primera vez, una prórroga, un cambio o una nueva visa, además de aquellos extranjeros que se encuentren solicitando un cambio de categoría migratoria de temporal a permanente y cuya resolución se encuentre en proceso de análisis. Tendrán los mismos beneficios que cualquier usuario de FONASA, en igualdad de condiciones, ya sea titular o dependiente.

Los derechos civiles también fueron abordados por el Departamento de Extranjería y Migración, dando a conocer dos modalidades en las que se puede acceder a una visación de residencia temporaria en calidad de titular:

Primero, cuando se celebre un matrimonio en el extranjero, con un chileno o con un extranjero residente en Chile, que no pueda inscribir en Chile como tal; y segundo, cuando se celebre un Acuerdo o Pacto de Unión Civil, con un chileno o con un extranjero residente, tanto en Chile como en el extranjero.

Por último y en materia de Trata de Personas, se otorgará Visa temporal a cualquier ciudadano que vea amenazada su vida o su integridad, en virtud a acuerdos internacionales.

Como verán, existe mucha información para compartir respecto de la normativa migratoria en el país. Poco a poco y en conjunto, avanzamos en la construcción de un Chile a Todo Color.

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