“Sólo quería que me dijeran: no fue tu culpa”
Amelia Tiganus.
Superviviente de trata de personas
El 30 de julio se conmemora el Día mundial contra la trata de personas. Este día desde las instituciones gubernamentales se programan actividades para sensibilizar sobre este delito que afecta a millones de personas, pero ¿qué pasa el resto del año? ¿cuáles son las medidas que se toman para luchar contra este flagelo? ¿cómo son los protocolos de actuación? ¿estos protocolos se construyen desde un enfoque de género, derechos humanos e interculturalidad?
Empecemos por la definición de trata, es “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios, para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación… Esta explotación incluirá como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, trabajos forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” (Protocolo para Prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, 2000)
De acuerdo a las estadísticas presentadas por la Mesa Intersectorial de trata de personas, las dos modalidades más frecuentes en Chile son el trabajo forzado y la trata con fines de explotación sexual. Los datos se encuentran en la página del Ministerio del Interior, apartado trata de personas y abarcan desde el año 2011 al 2022.
La trata de personas presenta múltiples vulneraciones previas que sufre la persona antes de ser víctima de las redes. Messio (2015) menciona que el fenómeno de la trata está relacionado con “a) exclusión social, causada con frecuencia por una desigual distribución del ingreso y del acceso a la justicia, y por la asimetría entre hombres y mujeres (advirtiéndose que la mayoría de los casos de esclavitud y explotación se cometen contra mujeres, niñas y adolescentes, especialmente con fines de explotación de la prostitución); y b) las condiciones económicas imperantes, determinadas por carencias de trabajo y la imposibilidad de procurarse medios para el sustento propio y familiar, estando las personas más proclives a ser engañadas bajo la promesa de un futuro mejor o ser sometidas bajo violencia a la explotación (2015, p.92)
Hoy las estadísticas también visibilizan que muchas de las victimas atendidas a través del Protocolo de la Mesa Intersectorial de Trata de Personas son mujeres y mujeres migrantes. Morales Plaza (2011) menciona que “la trata de personas debe considerarse en el contexto de los movimientos y migraciones internacionales y nacionales que tiene cada vez mayor intensidad a causa de la mundialización económica, la feminización de la migración, los conflictos armados, la desintegración o reconfiguración de los Estados y la transformación de las fronteras políticas” (p. 20).
Considerando el aumento de personas en movilidad humana que en la actualidad hay en Chile y la realidad sobre cómo se da este delito es necesario comenzar a observar la política pública que dicho país propone para luchar contra este flagelo.
Chile sanciona en el año 2011 la Ley Nacional N° 20.507 que “Tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal”. La misma plantea 4 ejes de acción: prevención y sensibilización, control y persecución del delito, protección y asistencia a víctimas y coordinación y cooperación interinstitucional.
Como vengo mencionando la Mesa Intersectorial de Trata de Personas, es quien está a cargo de implementar el Protocolo Intersectorial de atención a víctimas de Trata de Personas, el cual menciona como objetivo en la página 2, “garantizar el ejercicio efectivo de derechos de las personas víctimas del delito de Trata de personas orientadas a la atención, protección, reparación y prevención de la victimización secundaria”. Indica, además, como ente coordinador al Programa de apoyo a víctimas, perteneciente a la Subsecretaria de Prevención del delito.
Las prestaciones disponibles para las víctimas son: alojamiento, atención médica (salud física), atención psicológica y psiquiátrica, gastos de traslado y otros. nada). Y menciona las fases de atención y las instituciones responsables.
De acuerdo a lo que menciona el protocolo la casa de acogida, cuenta con equipo interdisciplinario que es el responsable de asistir a las víctimas y también dicha casa será la responsable de brindar:
Intervención psicológica (estabilización emocional).
Intervención social.
Intervención jurídica: por medio del patrocinio y presentación de querella, regularización migratoria y orientación legal.
Alojamiento Protegido para mujeres y sus hijos.
Intervención socioeducativa.
¿Ahora…qué pasa en la realidad?
Es importante visibilizar que existe en Chile una sola casa de acogida, ubicada en la Región Metropolitana y es para víctimas mujeres. Su cupo total es para 10 personas, esto incluye las mujeres y sus hijes.
Si bien el ingreso a la casa es voluntario, hay puntos que me parece importante mencionar porque hacen a la asistencia que proporciona hoy a las víctimas el gobierno de Chile.
La casa de acogida es solo para mujeres y disidencias.
- Que pasa con las personas socializadas como varones víctimas de trata. Las estadísticas que figuran en la página del Ministerio del Interior, mencionan que entre los años 2011- 2022 “se han identificado 141 víctimas de sexo masculino”, entonces consulto ¿qué tipo de alojamiento les brindan o brindaron?, esos alojamientos, ¿disponen de la atención y seguridad que requiere una víctima de trata? ¿se tienen en cuenta los lineamientos establecidos para la atención de víctimas de trata?
- Que pasa con las diversas identidades sexo- genéricas. ¿Cómo es la atención y el rescate? Me llama particularmente la atención este punto considerando que las estadísticas mencionadas solo refieren como “masculino y femenino”. ¿Qué pasa con la población travesti, transgenero y transexual? ¿No está siendo visibilizada? ¿O realmente en Chile no son afectadxs por esta problemática?
- Volviendo a las personas socializadas como mujeres: como mencione, la casa de acogida se ubica en la Región Metropolitana y si bien de acuerdo a las estadísticas presentadas, la mayor cantidad de víctimas mujeres proviene de este territorio, pero también en las regiones de Maule y O´higginns, los indicies son altos. Ante esto me surgen varios interrogantes. ¿qué pasa si una víctima de trata es rescatada en el norte o en otra región? ¿es trasladada a la Región Metropolitana o es alojada en otra casa (no especializada en trata de personas) ?, ¿no será necesario una casa de acogida en cada región y de esta manera brindar la seguridad y asistencia real que las victimas requieren?
- Otro punto es al que quiero referirme es en relación a las estadísticas presentadas y la cantidad de población migrantes que ha llegado al norte del país en este último tiempo. Probablemente estas estadísticas han sufrido modificaciones considerables, entonces ¿dónde son derivadas esas víctimas? ¿están siendo visibilizadas/ rescatadas/ asistidas?
Los lineamientos de atención a las víctimas son claros y la atención debe ser especializada debido a la complejidad de este delito, y sobre todo por las consecuencias psicológicas, físicas y sociales tanto de las víctimas y como de sus familiares o personas cercanas. Y en esta atención el Estado cumple un rol fundamental considerando que la mayoría de las veces es la única alternativa posible para las personas afectadas.
Es importante destacar que además es responsabilidad del Estado asegurarse que las personas afectadas no atraviesen durante el proceso instancias que provoquen una victimización secundaria, algo que también está presente como objetivo planteado dentro del Protocolo de actuación. Es vital asegurarse que las personas no estén expuestas a situaciones donde deban relatar una y otra vez lo sucedido y para esto es urgente que se aplique en todo el país la modalidad de entrevistas video-grabadas. Sino las victimas atraviesan durante el proceso diferentes instancias en las que deben contar una y otra vez lo sucedido, incluso muchas veces hasta recibiendo cuestionamientos o poniendo en duda sus relatos, por prejuicios o desconocimientos de quienes entrevistan.
La victimización secundaria, son “las consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema jurídico – penal, supone un choque frustrante entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional, involucrando una pérdida de comprensión a cerca del sufrimiento psicológico y físico que ha causado el hecho delictivo, dejándolas desoladas e inseguras y generando una pérdida de fe en la habilidad de la comunidad, los profesionales y las instituciones para dar respuesta a las necesidades de las mismas (Kreuter, 2006; Soria 1998; Landrive, 1998 en Gutierrez de Piñeres Botero 2009)
Es necesario urgente comenzar a visibilizar este delito, evaluar si el protocolo está funcionando adecuadamente y sobre todo que la trata de personas sea parte de la agenda pública de todos los gobiernos. No podemos permitir que después de todas las violencias y vulneraciones sufridas por las personas en situación de trata se expongan a más violencias por quienes deben trabajar para asegurar la restitución de sus derechos.
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