Día Internacional contra la explotación sexual y la trata de mujeres, niños y niñas

El Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niños y Niñas fue instaurado en enero de 1999 durante la Conferencia Mundial de la Coalición contra el Tráfico de Personas, en colaboración con la Conferencia de Mujeres celebrada en Dhaka, Bangladesh. Este día tiene como propósito principal sensibilizar al público sobre la gravedad de este delito y su repercusión a nivel global. Esta fecha toma como referencia la primera legislación a nivel mundial sobre trata de personas que fue sancionada en Argentina en el año 1913, denominada la Ley Palacios.

En Chile se promulgó en el año 2011 la Ley Nacional N° 20.507, que Tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal. Es importante mencionar que la misma, es una ley sin asignación presupuestaria, dato no menor a tener en cuenta en la lucha contra la trata y el compromiso del gobierno.

La Ley Nacional N ° 20.507 toma los conceptos y las diferenciaciones sobre trata y tráfico que realiza Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos, relativos al Combate al Tráfico de Migrantes por Vía Terrestre, Marítima y Área y la Prevención, Represión y Sanción a la Trata de Personas, en Especial Mujeres y Niños. Palermo, Italia 2000, conocida como Protocolo de Palermo.

Cuando hablamos de trata de personas nos referimos a un delito que se vincula con otros delitos que buscan someter a las personas. Esto permite obtener grandes ganancias económicas mediante la explotación de los cuerpos de otros/as, en este caso hare referencia a la trata con fines de explotación sexual en mujeres.

Cuando se habla de explotación es en base a lo que menciona el Protocolo de Palermo que dice “incluirá como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” (Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente con mujeres y niños 2000 p.44)

Si tomamos como referencia el Manual sobre la investigación del delito de trata de personas (2009) agrega otras modalidades que hacen a la explotación sexual comercial y son: la prostitución ajena, la pornografía infantil y adolescente y el turismo sexual.

En la trata de personas con fines de explotación sexual se violan y vulneran derechos humanos fundamentales. A través de las estadísticas nacionales e internacionales puede observarse que dicha problemática está vinculada fundamentalmente al género femenino, afectando a mujeres adultas, niñas y adolescentes. De acuerdo a los datos que presenta ONU en el año 2020, mencionan que “las mujeres seguían representando la mayoría de las víctimas detectadas en América del Norte. Las niñas son la mayoría de las víctimas de trata de personas detectadas en Centroamérica y el Caribe. La trata con fines de explotación sexual sigue siendo la principal forma detectada de este delito en ambas subregiones.”

En relación a este último tiempo, es importante mencionar que la cantidad victimas rescatadas disminuyo considerablemente, de acuerdo a los datos presentados por la ONU y esto se debe a la pandemia y la menor capacidad de las instituciones para identificar a las víctimas, junto con las restricciones preventivas del Covid-19 que redujeron las oportunidades para que los tratantes actúen. Estos factores provocaron un cambio en algunas formas de trata hacia lugares más escondidos y difíciles de detectar.  En el caso específico de América del Sur, por ejemplo, hubo un 32% menos de victimas rescatadas y también esto acarreo una reducción en el número de condenas en comparación con el año 2019, específicamente en América del Sur, se habla de un 46 % menos de condenas.

Se sabe que la guerra y los conflictos socio económicos son terrenos fértiles para los tratantes, también la movilidad humana y las condiciones en las que las personas están migrando en los últimos tiempos son factores de riesgo. Morales Plaza (2011) menciona que “la trata de personas debe considerarse en el contexto de los movimientos y migraciones internacionales y nacionales que tiene cada vez mayor intensidad a causa de la mundialización económica, la feminización de la migración, los conflictos armados, la desintegración o reconfiguración de los Estados y la transformación de las fronteras políticas” (p. 20)

Varias/os autores han hecho referencia a la feminización de la migración y los cuidados a tener en cuenta. Ortiz Riquel (2008) menciona la condición de migrante e inmigrante como un lugar preponderante, que ubica a las mujeres en un lugar propicio para las redes de trata, “estas redes operan ofreciendo destinos promisorios y futuras vidas dignas a la población femenina cautiva de necesidades no sólo personales sino también familiares, razón por la que se encuentran en un país desconocido (Trata Internacional), o bien en otro departamento, provincia, etcétera de su mismo país (Trata Interna).” (p.40)

¿Qué sucede en Chile?

Sabemos que en Chile la población migrante aumento en los últimos años, a pesar de esta información las estadísticas que menciona la Mesa Intersectorial de Trata de Personas no condice con la situación migratoria actual en dicho país.

De acuerdo al informe presentado desde el año 2011 al 2022 “han sido formalizadas 63 causas por el delito de trata de personas, que comprenden un total de 347 víctimas”. De las 63 causas formalizadas, 41 son por trata sexual (65%) y del total de víctimas (347) 146 son víctimas de trata sexual, estas son todas mujeres. Es importante mencionar que los datos presentados por la Mesa refieren a género masculino y femenino, no hay datos de victimas que refieran a la comunidad trans, situación que RATT le preocupa y que ha mencionado en reiteradas oportunidades considerando las dificultades que de acceso a trabajo formal que tiene la comunidad trans y más en un país como Chile donde no hay ley de cupo laboral trans.

Otro dato relevante a mencionar de acuerdo a las estadísticas de la Mesa Intersectorial de Trata de Personas, es que en el año 2016 se identificaron 3 víctimas de trata chilenas, todas las demás víctimas rescatadas son migrantes. Esto dato también es llamativo y nos invita a reflexionar que está pasando con la trata interna en Chile, ¿no es detectada o no existe? Y en relación a las nacionalidades de las victimas/ sobrevivientes rescatadas son boliviana (26,2%), paraguaya (20,5%), colombiana (12,4%) y venezolana (11,5%).

En este contexto, es fundamental cuestionar el compromiso del Estado frente a la lucha contra la trata de personas y la explotación sexual. A pesar de contar con leyes y normativas que reconocen esta problemática, los números son alarmantes y reflejan una falta de acción efectiva. La disminución en el número de víctimas rescatadas y condenas en los últimos años indica que las instituciones no están cumpliendo con su deber de proteger a los más vulnerables.

La falta de recursos, capacitación y coordinación interinstitucional limita las posibilidades de identificar y rescatar a las víctimas. Además, la invisibilidad de ciertos grupos, como la comunidad trans, destaca una brecha crítica en la respuesta del Estado, que no solo debe abordar el fenómeno de la trata en su conjunto, sino también garantizar que todas las víctimas reciban el apoyo necesario sin importar su nacionalidad o identidad.

Este 23 de septiembre, hacemos un llamado a la acción para que el Estado redoble esfuerzos en la detección, protección y rescate de las víctimas, así como en la prevención de este flagelo que afecta a tantas mujeres, niños y niñas. Pero también que la asistencia que reciben las victimas / sobrevivientes sea conlleven respuestas de acuerdo a las necesidades de ellas.

La lucha contra la trata de personas requiere un compromiso real y sostenido, que trascienda las palabras y se traduzca en medidas concretas y efectivas. Solo así podremos avanzar hacia un futuro donde la explotación sexual y la trata sean erradicadas y todas las personas sean verdaderamente protegidas y respetadas en sus derechos.

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