30 de julio: Día Mundial contra la Trata de Personas

La Asamblea General de las Naciones Unidas decretó el 30 de julio como Día Mundial contra la Trata con la finalidad de sensibilizar y concientizar sobre este delito.

La trata de personas es un delito que existe en todos los países.  Se estima que en el mundo hay 45. 8 millones de personas que sufren este flagelo donde se violan y vulneran derechos humanos fundamentales. (Informe Global sobre Trata de Personas, 2016)

A fines del siglo XIX se utilizaba el término trata de blancas para referirse a la trata de personas. Esto se debe a que mujeres europeas eran traídas a países de “Europa del Este, Asia, África y América”. (¡A no callar! Guía para la detección de trata de personas p. 8). Actualmente dicho término se modificó debido a que las personas pueden ser explotadas sin distinción de su raza, etnia, edad, ni género. La Organización de las Naciones Unidas menciona que la trata de personas es una de las más extremas formas de violencia hacia las mujeres y niñas y constituye una violación a los derechos humanos fundamentales.  Por violencia hacia las mujeres se entiende la violencia física, psicológica, sexual, económica y/o simbólica, ya sea en el ámbito público o privado. La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, (Convención de Belem do Para) en su art. 2 menciona “que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar”.

Es importante mencionar las diferencias que presenta la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000) a través de sus dos Protocolos que menciona los conceptos de tráfico de migrantes y la trata de personas.

  • Tráfico ilícito de migrantes: La facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.
  • Trata de personas: “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios, para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación… Esta explotación incluirá como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, trabajos forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” (Protocolo para Prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, 2000)

Se puede observar entonces que la diferencia entre ambos delitos recae en tres elementos esenciales que son: explotación, consentimiento y transnacionalidad. Es decir, en el tráfico ilícito de migrantes no existe explotación del cuerpo de la víctima, mientras que en la trata la explotación es el fin del delito. En el tráfico existe un consentimiento de la víctima que está pagando un servicio ilícito, mientras que en la trata no necesariamente existe un consentimiento explícito. Por último, el tráfico siempre implica el traspaso de una frontera internacionalmente reconocida, mientras que la trata se puede dar de manera interna en un país. (Bonacic, 2012, p.11)

Circuito de la trata:

De acuerdo a lo que menciona el Protocolo de Palermo (2000) el circuito de la trata está compuesto por las siguientes fases:

Flores y Romero Díaz (2009) explican cada una de estas acciones:

Captación: también conocido por reclutamiento puede realizarse de dos formas: de manera violenta por ejemplo un secuestro o a través del aprovechamiento de las situaciones de vulnerabilidad que puede estar atravesando la persona, utilizando medios comisivos que son aquellas estrategias que usan las redes de trata para violentar a las personas afectadas. Los medios comisivos como el engaño o el fraude “se presentan habitualmente en la etapa de captación o reclutamiento de las víctimas en sus lugares de origen” (Messio 2015, p. 96)

Traslado o transporte: hace referencia al traslado de un lugar a otro, puede ser trata interna (en el mismo país) o trata externo (país extranjero)

Acogida: es quien recibe a la persona, la hospeda, aloja. Puede tener a la persona por un corto periodo hasta llevarla donde finalmente será explotada, o solo recibirla en un sitio determinado y llevar inmediatamente a otro lugar.

Recepción de víctimas: la recepción ya se realizará en el lugar de destino de la explotación. Esto no significa que la persona queda de manera definitiva en este sitio debido a que las van rotando permanentemente. Por lo que luego de un tiempo determinado comienza nuevamente todo el circuito.

Trata de personas en Chile:

En Chile se promulga en el año 2011 la Ley Nacional N° 20.507 que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal. En el año 2008 se crea la Mesa Intersectorial de Trata, compuesta por diferentes instituciones gubernamentales y ONG con la finalidad de resolver la problemática de la trata de personas.

La Mesa Intersectorial de Trata de Personas es la responsable de llevar a cabo el protocolo intersectorial de atención a víctimas de trata de personas “teniendo como parámetro las necesidades de las víctimas de Trata de personas.” (Protocolo Intersectorial de atención a víctimas de trata de personas p.2)

Los ejes de trabajo de la Mesa son cuatro: “prevención y sensibilización, control y persecución del delito, protección y asistencia a víctimas y coordinación y cooperación interinstitucional.” (Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas 2015- 2018 pág. 5)

Para la investigación que realice entreviste a 10 profesionales / funcionarixs que pertenecen a la Mesa Intersectorial de Trata y algunos de los resultados son los siguientes:

1.Lxs 10 entrevistadxs coinciden que todas personas atendidas en Chile por trata con fines de explotación sexual son mujeres, dicha información concuerda con las estadísticas presentadas por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en el año 2018 que menciona a nivel mundial el total de personas rescatadas en trata el 72 % pertenece al género femenino, de las cuales el 49 % corresponde a mujeres adultas y el 23% son niñas.

2.Es importante destacar que en Chile no hay o no se detecta la trata con fines de explotación sexual en la población transexuales, travesti, transgénero, a diferencia de lo que ocurre en otros países del mundo.

3.Otras de las características es la edad promedio de las mujeres afectadas por trata con fines de explotación sexual es mayoritariamente entre 20- 25 años.

4.Lxs entrevistadxs mencionan dos factores muy vinculados y son la migración como resultado de la necesidad de la búsqueda de mejores oportunidades laborales y económicas. Estos dichos coinciden con lo que menciona Messio (2015) que el fenómeno de la trata está relacionado con la exclusión social y las condiciones económicas.

Todas las características mencionadas anteriormente definen el grado de vulnerabilidad de una persona. Estos contextos de vulneración que se presentan no solo en el país de origen sino también en el país de destino, se acrecientan por ser mujer y migrante.

El ser mujer migrante e inmigrante como menciona Ortiz Riquel (2008), haciendo referencia a la trata interna y externa, ubica a las mujeres en un lugar propicio para el aprovechamiento de las redes de trata, no solo por las condiciones de vulneración ya mencionadas sino también por la angustia, ansiedad y desesperación de poder conseguir un trabajo.

5. Con respecto a la trata interna surge una contradicción en las entrevistas. Si bien algunxs entrevistadxs manifiestan que en Chile la trata interna no existe, otrxs expresan su dificultad de reconocimiento.

Esta situación tensiona el proceder institucional debido a que lxs mismxs entrevistadxs manifiestan que cuando se presenta una situación de trata interna se tipifica como otro delito o se lo relaciona con delitos conexos, sobre todo por la falta de capacitación adecuada de lxs jueces o de quienes toman las denuncias. Esta dificultad de identificación pudiera estar generando victimización secundaria que puede surgir en esta etapa del proceso, relacionado con la denuncia e investigación. Morales Plaza (2011) menciona que “la trata de personas debe considerarse en el contexto de los movimientos y migraciones internacionales y nacionales que tiene cada vez mayor intensidad a causa de la mundialización económica, la feminización de la migración, los conflictos armados, la desintegración o reconfiguración de los Estados y la transformación de las fronteras políticas” (p. 20).

En relación a los medios comisivos la Ley 20.507 menciona en el Art. 411 quater: “El que, mediante violencia, intimidación, coacción engaño, abuso de poder, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad o de dependencia de la víctima, o la concesión o recepción de pagos u otros beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra capte, traslade, acoja o reciba personas para que sean objeto de alguna forma de explotación sexual, incluyendo la pornografía, trabajos o servicios forzados, servidumbre o esclavitud o prácticas análogas a ésta, o extracción de órganos, será castigado con la pena de reclusión mayor en sus grados mínimo a medio y multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales.”

6. Los medios comisivos como el engaño, las falsas promesas de trabajo o las condiciones en las que deberán realizar su labor son los mecanismos más comunes utilizados por los reclutadores en Chile. A través del aprovechamiento logran que las mujeres ingresen o se mantengan en las redes.

7.Otras de las características que surgen de las mujeres rescatadas en Chile son las vulneraciones previas vinculadas a su historia de vida, relacionada específicamente con historias de violencia sobre todo sexual, física y emocional.

8. Sumado al padecimiento y violación de derechos humanos que atraviesan en la situación de trata con fines de explotación sexual, se le suma la victimización secundaria padecida por algunas intervenciones realizadas.

Las consecuencias físicas, psicológicas, emocionales, sociales que padecen las mujeres afectadas son múltiples debido a la violación sistemática de sus derechos durante la experiencia de trata con fines de explotación sexual. Incluso si deciden regresar a sus países, por ejemplo, si no hicieron la denuncia correspondiente y no hay un Protocolo que resguarde su seguridad y las ayude con la documentación deben regresar por su cuenta. Si su documentación personal quedó en manos de los captores deberán ser las mismas mujeres quienes realicen los trámites de documentación correspondiente para poder regresar a su país.

Lxs entrevistxs mencionan principalmente que las personas afectadas por trata con fines de explotación sexual sienten pudor, vergüenza y que ocasiona que no quieren contar a su familia lo sucedido “porque la mayoría sale con un sueño y vende eso…o sea le dice su sueño a su familia, como yo me voy, mamá, papá o porque quiero tener un futuro mejor, quiero ayudarle, quiero mantener a mis hijos, entonces salen con un sueño y después es super complejo decirle bueno ese sueño fracasó y no solo fracasó sino que mira todas las consecuencias que he tenido por esto, un poco de pudor, vergüenza, que es una mezcla de sentimientos…”.

Dentro de las consecuencias se le suma el miedo a la policía, autoridades judiciales, represalias de los tratantes por las constantes amenazas, vergüenza y sensación de indefensión.

               9.Una de las principales debilidades que mencionaron desde la Mesa Intersectorial de Trata de Personas en relación a la lucha contra este flagelo en Chile es en relación a la prevención y sensibilización.

A) Si bien se han realizado gran cantidad de capacitaciones a funcionarxs las mismas parecieran no ser suficientes ya que siguen sin detectarse ciertas situaciones de trata con fines de explotación sexual, o cuando las personas afectadas solicitan ayuda en varias oportunidades no han brindado la ayuda oportuna.

B) No hay certeza a través de evaluaciones ni informes si las capacitaciones están dando resultado.

C) No hay acercamiento ni trabajo de prevención en la comunidad, lo que trae aparejado varias situaciones:

*Que una persona tenga miedo o desconfianza de la institución y no solicite ayuda. Onassis (2011) plantea que por las condiciones emocionales de una persona que sufrió trata es posible que “rehúyen de la policía y de las autoridades judiciales” (p.88). 110

*El desconocimiento también produce la falta denuncia por miedo a no tener los papeles en regla o falta de documentación y quedar detenida. El realizar prevención en la comunidad ayudaría tal vez a que se sumen nuevas víctimas, pero también ayudaría a aquellas que puedan están inmersas en la situación a que sean capaces de advertir las situaciones y puedan pedir ayuda.

*No ser conscientes de que están experimentando una situación de trata con fines de explotación sexual como consecuencia de situaciones de maltrato previas que llevan a naturalizar situaciones de explotación. Molina en Campaña abolicionista ni una mujer más víctima de las redes de prostitución (2017) menciona una segunda exclusión que sufre la persona que es a nivel barrial y/o comunitario: “la falta de instituciones que intervenga preventivamente conteniendo a las víctimas. Esta es la más importante desde el punto de responsabilidad del Estado (p. 303).

Concluyendo en la lucha contra la trata de personas es necesario un Estado presente que contenga y asista a las personas afectadas, pero también una población comprometida, capaz de denunciar ante la sola sospecha de trata de personas.

Nota de la autora: Esta columna es parte de la tesis para obtener el grado de Magister en Psicología mención Psicología Comunitaria denominada “Silencio y ocultamiento: trata con fines de explotación sexual en Chile” (2020).

Deja una respuesta