Persiste exclusión de patrocinios a candidaturas de la Convención Constitucional

A pocos días de vencer el plazo para patrocinar candidatos y candidatas independientes, la población migrante enfrenta otro nuevo obstáculo en el proceso constituyente, ya que el Servicio Electoral de Chile, Servel, solo está permitiendo que personas con nacionalidad chilena puedan firmar. Autoridades de la institución mencionada y del Departamento de Extranjería y Migración,  DEM, estaban citadas el martes, 5 de enero, en la Cámara de Diputados, para rendir explicaciones ante los cuestionamientos, pero no se presentaron.

Respecto a esta situación, diferentes organizaciones sociales, calificaron como una arbitrariedad la exclusión de casi 400.000 migrantes, que no pueden patrocinar candidaturas, a pesar de estar habilitados para sufragar.

Una vez el Servel informó en diciembre, que la ley 18.700, no permite patrocinios de personas migrantes, ya que exige que sean chilenos, varias voces de denuncia y protesta se empezaron a levantar. En una reciente  manifestación en las afueras del Servel, y en distintos puntos del país, representantes de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes y la Red de Organizaciones Migrantes y Promigrantes, expresaron que se trata de una lectura estrecha de la ley.

“Consideramos que con tal interpretación se vulneran principios de la Constitución establecidos en los artículos 1 y 19, inciso 2, que establecen la igualdad ante la ley en el ejercicio de derechos para todas las personas, la persona humana, a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional», señalaron las organizaciones, en una carta en la que piden a la institución, que rectifique su decisión y permita que durante esta última semana las y los migrantes puedan patrocinar candidaturas independientes a la Convención Constitucional, las cuales tienen como plazo límite el 11 de enero, de este año.

Catalina Bosch, precandidata de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes, a la Convención Constitucional (Distrito 9),  y parte de la Plataforma Feminista Constituyente y Plurinacional, denunció que su candidatura y la de su homólogo al Distrito 10, Manuel Hidalgo, se han visto perjudicadas. “Se están vulnerando los derechos de las personas migrantes en la construcción democrática de Chile, especialmente de este proceso de una nueva Constitución ciudadana y participativa”, agregó.

La activista recordó que ya habían planteado las dificultades de los patrocinios, al Instituto Nacional de Derechos Humanos, y a representantes del Servel, entre ellos, Patricio Santamaría, presidente del Consejo Directivo, pero la respuesta que tuvieron del último, fue que la responsabilidad recaía en el Congreso y la institución solo procedía de acuerdo a la ley.

En Antofagasta, Elizabeth Andrade, vocera del movimiento de pobladores Vivienda Digna Los Arenales, e integrante de la Red de Organizaciones Migrantes y Promigrantes, también acudió a las oficinas del Servel, junto a otros representantes de organizaciones sociales.

“Es un acto discriminatorio, en el caso mío, tengo 25 años acá, y cuando queremos patrocinar a la gente que va a sacar la cara por nuestras luchas, como la de la vivienda, nos dejan fuera. La unidad es importante para que nos devuelvan nuestro derecho, siento molestia pero hay que hacerle frente a esta situación”, indicó Andrade.

Proceso Constituyente

La restricción que se impone ahora, deja en evidencia, de nuevo, la ausencia de una política migratoria clara y con enfoque de derechos, ya que a finales del 2019, también se pretendía dejar por fuera a las personas migrantes de la posibilidad de votar en el primer momento constituyente. Luego, en enero del año pasado el Servel incluyó en el padrón electoral, a las y los inmigrantes habilitados para sufragar en el plebiscito que se llevó a cabo el 25 de octubre (2020).

“En ese momento, la presión de las organizaciones, congresistas y los recursos presentados lograron que en base a una interpretación ajustada a Derechos Humanos, se permitiera que las y los migrantes pudiéramos votar en el Plebiscito por una Nueva Constitución”, añadieron las organizaciones sociales en la misiva enviada a la institución esta semana.

Sin rectificación

El 5 de enero, estaban citados ante la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, el Presidente del Consejo Directivo del SERVEL, y el jefe del Departamento de Extranjería y Migración (DEM), para responder a las denuncias, sin embargo no estuvieron presentes.

Además de escuchar las explicaciones de las autoridades, la sesión también buscaba lograr la rectificación del Servel, para que personas migrantes puedan patrocinar candidaturas.

El diputado Gonzalo Winter, en un oficio enviado al presidente de la Cámara de Diputados (29 de diciembre), expresó: “bajo la interpretación del Servel, la palabra “ciudadanos”, estaría excluyendo a personas que sí tienen derecho a voto en virtud del artículo 14 de la Constitución Política de la República… Lo expuesto atenta con el cumplimiento y respeto de los derechos humanos bajo los principios de igualdad y no discriminación y el derecho de personas migrantes a ser parte de las decisiones del imaginario país y los procesos electorales, en el que las candidaturas independientes han sido un avance relevante en la posibilidad de democratización de la política”.

En dicho documento el diputado también solicitó al Servicio Electoral, pronunciarse y de mantener su negativa a que las personas migrantes patrocinen candidaturas, “que dicho servicio explicite los motivos de su exclusión con ajuste a las leyes y tratados de derechos humanos ratificados por Chile”

Por su parte la Comisión Nacional del Partido Comunista también había abordado la restricción del Servel, analizando el contexto y la legislación.

“Se debe reconocer que las personas extranjeras residentes en Chile habilitadas para sufragar, tienen el derecho a patrocinar candidaturas independientes, sin necesidad de que se les exija estar nacionalizados. Nacionalidad y ciudadanía, son categorías distintas. Este reconocimiento es concordante con principios internacionales y nacionales expuestos (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Constitución Política de Chile; Ley 18.700; Ley 21.200). Por último, respecto de las implicancias de ciudadanía, éstas se establecieron previamente, cuando las y los extranjeros ejercieron su derecho a voto en el plebiscito, así como lo hacen en todas las votaciones, en correspondencia con la ley”, detalló en una minuta interna (22 de diciembre, 2020), dicha comisión.