CORTE TOMA CONOCIMIENTO DE OFICIO DE EXTRANJERÍA POR EL CUAL SE COMPROMETE A NO SANCIONAR A LOS EXTRANJEROS QUE QUIERAN RETORNAR A SU PAÍS
Este lunes 15 de Junio, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió ordenar al Departamento de Extranjería informe acerca del Oficio Ordinario 12292 en el que se compromete a no sancionar a los extranjeros que pretenden retornar a sus países a raíz de la Pandemia del COVID – 19. Este Oficio de Extranjería es del 20 de Mayo y fue remitido a la Cancillería, pese a ello fue omitido en el Informe que presentó el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Corte en el Amparo 1402 – 2020 deducido a favor de las personas que pretenden regresar a Colombia y se les obligaba a firmar un compromiso de no retorno por y aceptar se les imponga una Prohibición de Ingreso sin que se den los presupuestos o se hubieran cometido las faltas que estipula la Ley para disponer esa sanción de prohibición de ingreso.
La Corte tomó conocimiento de dicho Oficio de Extranjería porque fue presentado por los demandantes en la acción de amparo. Por ello exigió a Extranjería para que informe, ya que la omisión de Cancillería de dicha situación es gravísima, requiriéndose se amplíe para mejor resolver.
Cancillería, en lugar de informar a la Corte, trató de excusarse y negar, sin fundamento, que estén obligado a las personas a renunciar a retornar y que acepten esta sanción de prohibición de ingreso a Chile. Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores, con el propósito de evitar una sentencia en su contra, decidió de manera muy particular cancelar de indefinida el denominado “Plan Retorno Humanitario”, lo que a nuestro juicio no es otra cosa que esperar que la Corte rechace el amparo para seguir exigiendo a los extranjeros que acepten su expulsión camuflada.