SR DIRECTOR REVISTA SUR HAGO LLEGAR A UD LA SIGUIENTE CARTA
Señor Gerente General de Taller Mecánico XXXXXX Ltda.
Comuna de Isla de Maipo
Presente
Para que nadie en Chile pase por lo que está pasando un modesto y admirable educador a manos de alguien que ostenta o presume de estar situado en una posición de poder
Isla de Maipo, mes de marzo de 2020
Señor mecánico, le escribo para informarle que en estos momentos estoy en casa de un amigo mío entrañable, un profesor, una de esas personas imprescindibles dado su incorregible empeño por hacer posible un mundo más amable, más humano y más justo.
Aprovechando que él ha salido por un rato, me dirijo a usted para contarle que fijé en este instante mi mirada en el vehículo de este profesor, el que tiene estacionado en su patio. La verdad, estoy hace minutos con la vista perdida en este vehículo. Se trata de un buggie mecánicamente mal reparado… toda vez que destila aceite intermitentemente desde su parte ventral.
Me mueve y me conmueve el caso del profesor dueño de ese vehículo, en favor del cual las líneas que aquí redacto buscan justicia, reclaman justicia. Se trata de un profesor cuya historia con este vehículo suyo la conozco de principio a fin. Se trata de un docente que ha sido burlado por parte de XXXXX Ltda., taller mecánico del que usted es gerente general, y es también el maestro mayor en tanto y en cuanto mecánico experto. Y es usted, también, el propietario de esta empresa.
¿Qué pensaría si le cuento que, pese a todo el daño que usted le ha ocasionado a este profesor, éste es incapaz de verlo como una mala persona? ¿Cómo me respondería usted si yo le dijera que usted, con sus reiteradísimas evasivas, con sus omisiones olímpicas, con sus falacias insólitas e infantiles, con el incumplimiento habitual de sus deberes frente a un trabajo pagado, en definitiva, con sus faltas de respeto hacia ese profesor y hacia el vehículo de éste, lo que usted en la práctica ha hecho es ensañarse en el trato que ha tenido con la persona de ese profesor, cliente suyo?
Pues, si este docente no se lo ha dicho, yo se lo digo: usted, señor mecánico, no solo ha violado la Ley del Consumidor y los derechos que amparan a este respetable cliente suyo de una manera ominosa hace años sino que, al mismo tiempo, pisotea con su poco profesionalismo el irrenunciable deber que le asiste, en tanto dueño de un negocio que presta un servicio al público, de responderle como es debido a un cliente que depositó en usted y en su empresa su confianza, cliente que pagó integralmente, en dinero contante y sonante, por un trabajo mecánico que XXXXX Ltda., su empresa, hasta hoy no realiza.
¿O me va a decir usted que no ha sacado provecho del estilo relacional evitativo de conflictos de este cliente suyo, de su buena fe sin límites, de la paciencia extrema que éste le ha ofrecido durante casi tres años, tiempo durante el cual el vehículo de este profesor ha estado bajo la mano mecánica “especialista” de su taller, vehículo que usted no se ha tomado jamás en serio?
En el evento de que usted, como de costumbre, no se haga cargo de lo que le estoy hablando, lo invito a leer con mucha atención el próximo párrafo:
Su taller, le hace entrega “oficial” del vehículo supuestamente “reparado” a este profesor en a lo menos cuatro ocasiones: en mayo del 2018, en octubre de 2019, en enero de 2020 y la semana pasada, o sea en marzo de 2020. No obstante, en cada uno de esos momentos, este cliente suyo, es decir el profesor dueño de ese vehículo, maltratado por su taller, debió regresar a éste con su vehículo destilando aceite. Y en ninguno de esos momentos usted, señor mecánico, ha sido capaz de reconocer que ese vehículo llegó, por primera vez en abril de 2017, a su taller con esa misma falla de fuga de aceite, y que en cada una de esas cuatro ocasiones en que usted se lo entrega al profesor como vehículo “reparado” (la semana pasada, el 18 de marzo, fue la última de esas cuatro ocasiones), este vehículo sale de su taller sin que usted haya atendido esa filtración de aceite como corresponde, como lo haría, como lo hace, cualquier profesional responsable, respetuoso… que cuida su propia honra, la imagen de su negocio y, por cierto, los derechos que asisten a cada uno de sus clientes y clientas.
Como conozco el caso en detalle, así como conozco al dueño de ese vehículo -a cuya admirable trayectoria, en tanto educador y persona, le rindo un homenaje-, no creo equivocarme al asegurarle que esa actitud amable, paciente, caballerosa y “buena onda” de este profesor, en tanto y en cuanto cliente suyo, le jugó en contra a este profesor. Sabe a lo que refiero, ¿verdad? Sí sabe. Usted sabe, señor mecánico, que en Chile, si eres muy amable, muy educado y muy paciente, se terminan aprovechando de ti, pues te ven como alguien “débil”; incluso, quienes no saben respetar, te verán como un imbécil. Con respeto le pregunto: ¿No ha tomado usted, por casualidad, a este admirable educador por un imbécil? Se lo pregunto porque no me cabe cómo usted ha podido ensañarse por tanto tiempo en contra de él; así como tampoco me cabe cómo este docente no ha reaccionado nunca frente a sus maltratos.
Lo que yo veo, lo que tengo frente a mí, en este instante, mientras escribo esta interpelación o denuncia –escrito que lo tiene a usted como destinatario y actor principal-, es ese vehículo mal reparado por usted, señor mecánico, vehículo mal reparado no una vez sino un sinfín de veces; vehículo que en este mismo instante gotea aceite en el patio de la casa de este profesor.
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El caso / Los hechos: Casi tres años han pasado desde ese día del mes de abril del año 2017 en que este profesor deja su vehículo en manos de XXXXX Ltda. Es que se le había fundido el motor de su vehículo.
Ese día, en su taller, en esta empresa, el vehículo del profesor es recibido por XXXXX Ltda., taller mecánico que se hace responsable de su reparación ese día de abril del año 2017, hecho del cual es testigo el propio vecino dueño del camión ¾ que llevó este vehículo a este taller ese día, vecino que había recomendado al señor mecánico… aunque de ese hecho hay más testigos, pero por ahora este dato no viene al caso. Quizás en otro momento tenga que desarrollar el asunto de los testigos.
¿Qué le explica el profesor al mecánico, ese día de abril de 2017, una vez que éste recepciona ese buggie que había bajado desde el camión 3/4 de ese vecino al propio suelo interior de XXXXX Ltda., vehículo que le había llevado un vecino, conocido suyo?
De cara al vehículo recepcionado por el señor mecánico a cargo en ese entonces y señalándole inclusive con su propio índice la parte afectada de su vehículo, el profesor se ciñe, clara y sencillamente, a los hechos: le muestra el vehículo (un vehículo inmovilizado), así de simple; al tiempo que le explica al mecánico que el motor se le había fundido, aunque el profesor es especialmente cuidadoso en indicarle que, previo a esa fundición del motor, el vehículo venía presentando una fuga de aceite, fuga leve, pero persistente; fuga que, lamentablemente, este docente no alcanza a atender a tiempo.
Pero dígase, en términos directos y taxativos: en los sucesivos encuentros que se dan entre este mecánico y el profesor, éste, tal vez como intuyendo lo que se le venía, le recuerda al maestro mecánico, cada vez que puede, que antes de que el motor de su vehículo se fundiera había una fuga previa de aceite en la parte ventral del motor, hecho asumido plenamente por el mecánico que recepciona el buggie; hecho por lo demás obvio para cualquier técnico que mirara cada una de las piezas de ese motor fundido y que chequeara, en el proceso de reparación, cada parte o componente del motor con un mínimo de rigor.
Pero volviendo a ese día de abril de 2017, la cuestión central aquí es la siguiente: que ambos, mecánico y profesor, acuerdan en el patio interior de XXXXX Ltda., y frente al vehículo inmovilizado de éste, lo obvio: el arreglo de la falla mecánica general que presentaba el vehículo, arreglo que incluía, a lo menos, la sustitución, previo chequeo de cada una de sus partes, de cada una de las piezas dañadas de ese motor fundido, trabajo que incluía la atención obvia de la fuga o filtración de aceite de ese motor. ¡Obvio!
Respecto de esto, por ventura, y sin necesidad de poseer conocimientos de mecánica, pregunto: ¿Alguien de las y los lectores de la presente carta, ateniéndose a los hechos aquí expuestos, imagina la reparación de una falla mecánica sistémica de esas características sin que el mecánico reparador del vehículo ni siquiera mire (durante todo el proceso de reparación) la causa más probable de esa falla sistémica, esto es, una fuga previa de aceite que presentó el motor de ese vehículo; fuga de la que fue notificado, por parte del dueño del vehículo, no una sino en repetidas ocasiones ese mecánico durante el tiempo en que ese vehículo se mantuvo en reparación en XXXX Ltda.?
Pasó todo el año 2017 y llegó el 2018, y el mecánico, junto con ir requiriendo sobre la marcha otros repuestos para el vehículo, mantuvo durante ese tiempo la reparación del vehículo en un ritmo de trabajo que bien podría ser calificado como intermitente y sin concluir, hecho frente al cual el profesor siempre manifestó consideraciones, paciencia y empatía con la demora y la dilación en la entrega de su máquina pues éste entendía que ello era parte del “juego”. El trabajo era algo delicado, obvio, y nadie podía pensar que demoraría dos o tres meses. Este hecho lo asumió el profesor, y había que tener paciencia.
Por ello, el docente nunca reclamó por la tardanza en la entrega de su vehículo, no obstante que, sin buscarlo, o digamos que accidentalmente, fue testigo ocular del enorme número de veces en que, en especial desde fines del año 2018, y más aún en 2019, al taller XXXXX Ltda. llegaban y llegaban vehículos, atiborrando sus espacios, aunque ello implicara, a su pesar, no pocas veces, ver a su vehículo por meses desatendido y abandonado inclusive a la intemperie en un rincón del patio de este taller mecánico, oxidándose en cierta manera, y en pleno invierno.
Pero hay que insistir sobre esto: el profesor jamás manifestó algún enojo o molestia hacia la persona del mecánico. Pese a que la dilación fue un hecho en el trabajo de ese vehículo durante más de un año (desde abril de 2017 a mayo de 2018), la relación entre el profesor y el maestro mecánico mayor fue siempre de cordialidad mutua. De hecho, el docente hasta hoy reconoce el buen trato, la buena educación y conocimientos de nivel de excelencia del maestro mecánico mayor en tanto persona y mecánico.
XXXXX Ltda. y su gerente: Entre los años 2018 y 2019, por problemas de salud del maestro mecánico mayor, problemas plenamente entendibles y con los cuales se solidarizó sentidamente el profesor -y por razones que naturalmente no le conciernen a éste-, la dirección gerencial técnica y la administración general del Taller de Mecánica Automotriz XXXXX Ltda., ubicado en la comuna de Isla de Maipo, es asumida progresivamente por el hijo, un joven mecánico, cargo que los años 2019 y 2020 lo dejan literalmente como el único responsable de la totalidad del trabajo de ese taller; joven mecánico que se presenta ante el docente -docente dueño del buggie o cuadrimoto SF Moto, vehículo que permanece en reparación desde el 2017 en XXXXX Ltda., vehículo que conecta con el tema central del presente escrito- como profesional universitario con el título de Ingeniero”, dato que celebró para sus adentros el profesor pues entendió que con el nuevo gerente se daría un trato tan educado como el que se había dado con su padre, pese a las vicisitudes que salpicaban ya a esas alturas el lento arreglo de su vehículo.
Pues bien, y dejando de lado un no despreciable número de pesares y contratiempos, los que le hicieron ruido al docente si se toma en cuenta que el proceso del arreglo de su vehículo cruza los años 2017, 2018, 2019 y parte del 2020 que corre -no es necesario detenerse aquí en detalles que se dieron en ese contexto, tales como el cambio del radiador y de un cáliper de freno, la instalación de pastillas de freno y unos rodamientos en una de las ruedas traseras, y otras atenciones, trabajo que por lo demás el profesor reconoce como excelente-, se da un hecho virtualmente histórico en todo este proceso: la primera vez que se le entrega el vehículo “reparado” al profesor es a mediados del año 2018. No obstante, su vehículo presentó, ese mismo día que lo retira, exactamente, y una vez más, la misma falla asociada a las razones por las cuales llevó su vehículo a XXXXX Ltda.: La fundición del motor fue resuelta; no así la fuga de aceite. De hecho, son dos veces más las que, luego de “retirar” su vehículo del taller, al año siguiente, o sea durante el año 2019, el profesor dueño de este vehículo debió regresar posteriormente al taller a fin de que se le revisara y reparara el problema de esa FUGA DE ACEITE, recordándole una vez más al gerente general de XXXXX Ltda., que la reparación por la que él había pagado en su calidad de cliente suyo, y por la que había esperado años, incluía, obviamente, ¡por favor! la solución definitiva del problema de esa FUGA DE ACEITE de su vehículo, reparación que, en todo ese período (años 2017, 2018, 2019 y 2020) nunca fue atendida como corresponde por XXXXX Ltda.
La estrategia del mecánico gerente para eludir su deber frente a esa fuga de aceite desatendida por él: Para determinar la causa de la fundición del motor no puede argüirse como explicación técnica -como hizo ayer y hace hoy el mecánico gerente- un supuesto uso “incorrecto” de este vehículo por parte de su dueño, invocando por ejemplo que esa fundición del motor “se presume debido al uso que se le da al vehículo, ya que es usado como vehículo de transporte cotidiano en caminos rurales pavimentados, siendo que la construcción del vehículo es para uso recreativo en superficies de ARENA y caminos de TIERRA”. Independientemente del uso que se haya hecho de este cuadrimoto, y no soslayando esas observaciones técnicas que hace este mecánico, y no descartando incluso que éste tenga razón en esas observaciones, estamos ante un hecho, un solo hecho: XXXXX Ltda. recibe en abril de 2017 un vehículo con una falla por fundimiento de un motor y una fuga de aceite asociada a ello. Es ese el hecho, el único hecho, y al que tiene que atenerse este mecánico.
Es decir, aquellas “explicaciones” en las que se escuda el mecánico gerente hace ya un buen tiempo para no hacerse cargo de un vehículo que él no ha querido arreglar como corresponde -contraviniendo así lo acordado entre XXXXX Ltda. y el profesor dueño de ese vehículo el año 2017-, no resisten el más mínimo análisis pues se alejan totalmente de esa única explicación válida, la que remite a este hecho, el cual se expresa en esta sencillísima fórmula lógica explicativa, lógica argumental que es la que más se ciñe a los hechos y que es la única explicación válida que hay que asumir aquí: XXXXX Ltda. recibe en abril de 2017 un motor fundido, hecho empírico que no puede ser disociado del hecho de la fuga o pérdida continuativa y previa del lubricante o aceite de ese motor, hecho del que una y otra vez da cuenta el profesor dueño del vehículo. Dicho esto, la siguiente sería la fórmula lógica básica que explica ese hecho empírico: A+B = C, donde A = Fuga o pérdida previa y continuativa de aceite (en el sector inferior de la zona motor/caja de cambios); donde B = Desencadenamiento de falla sistémica en el motor; y donde C = MOTOR FUNDIDO.
Por tanto, dar “explicaciones” o evasivas tales como las que esgrime y viene replicando hace rato el señor mecánico frente al profesor dueño del vehículo mal reparado por XXXXX Ltda. para evadir su responsabilidad equivale, derechamente, a caer en sofismas y falacias casi infantiles, y que, en rigor, nos sacan tramposamente del tema eje, del foco. Y el foco y el tema eje (el hecho, el único hecho al cual aquí hay que ceñirse), insisto, es éste: un MOTOR FUNDIDO, y la filtración de aceite desde el motor, y no el supuesto o no supuesto uso “incorrecto” que le dio o que le ha dado en su uso al vehículo su dueño.
“Explicaciones” y evasivas como las citadas más arriba, a fin de cuentas, aunque sean explicaciones técnicas veraces, no son más que una estrategia para desentenderse del problema, del hecho, del foco: el deber de reparar un MOTOR FUNDIDO por parte del mecánico de XXXXX Ltda., chequeando previa y acuciosamente, obvio, esa fuga de aceite del motor, siendo esta última una tarea que jamás se le ha realizado al vehículo del profesor en este taller mecánico; de ahí la presencia y persistencia de esa fuga de aceite inclusive hoy, en pleno mes de marzo del año 2020.
Dicho en forma clara: los seudoargumentos que desenfunda el mecánico gerente nos sacan, astutamente, del foco; nos alejan de un hecho empírico observable, ante el cual este mecánico debía y debe responder: un motor fundido asociado a la pérdida continuativa previa de aceite del motor del vehículo que llegó a XXXXX Ltda. en abril de 2017. Los “argumentos” del gerente de XXXXX Ltda. son, en síntesis, y en rigor, puras evasivas; evasivas impresentables, infantiles, irrespetuosas, inexcusables.
Sin perjuicio de lo aseverado, y si alguien me apurara, yo agregaría aquí, yendo incluso más lejos de lo precedentemente dicho, que el foco central aquí no tiene para nada que ver con explicaciones que intenten pesquisar la causa o las causas de la falla mecánica –el fundimiento del motor- del vehículo del profesor. El foco, únicamente -y a riesgo de ser reiterativa-, tiene que ver con el hecho empírico siguiente: un profesor le lleva un vehículo con el motor fundido y una filtración previa de aceite a un mecánico. ¿Cuál será el deber de este mecánico, entonces? ¿Repararlo o ponerse a teorizar e hipotetizar sobre las causas que originaron esa falla? ¡Obviamente que repararlo, y punto! Lo demás está demás. Lo demás es una trampa seudoargumental de parte del mecánico; trampa discursiva que éste esgrime a modo de comodín a fin de desviar el foco (a fin de desentenderse del problema mecánico de la fuga de aceite del vehículo y por el cual llevó el profesor esta máquina a XXXXX Ltda.). El foco, el único foco, consistió y consiste en reparar esa falla del vehículo… ¡Nada más! … y en ningún caso consiste en dar sermones adolescentes dirigidos a adolescentes respecto de cómo se debe utilizar un vehículo “correctamente”. Estamos, como se advierte, inequívocamente frente a una forma de razonamiento que se traduce como el uso tramposo de falacias esgrimidas por el señor mecánico para justificar lo injustificable: su trabajo no realizado o mal hecho en el vehículo del profesor dueño del vehículo en lo que dice relación con esa fuga de aceite que persiste en la parte baja de su vehículo hasta hoy.
Tampoco, con tal de no hacerse cargo de esa fuga de aceite, este mecánico puede afirmar, declarar, reconocer, alegar -luego de constatar que persiste hoy la fuga de aceite con la cual llega este vehículo a XXXXX Ltda. en abril de 2017- que su “especialidad” no son las motos ni los ATV ni los buggies ni las cuadrimotos. Pregunta, elemental, casi de nivel escolar: Y entonces, ¿por qué este señor tomó el arreglo del buggie/cuadrimoto del profesor si no era un especialista en buggies, en ATV, ni en cuadrimotos? ¿Y luego de casi tres años de tener en su taller el vehículo del profesor le sale con esta “explicación” al cliente afectado? ¡Insólito! ¡Una excusa que ni aun un escolar de 4º básico compraría!
Mas, será necesario subrayar aquí lo verdaderamente absurdo de esta situación mantenida por el gerente general de XXXXX Ltda. y que viene lesionando, abusivamente, los derechos del profesor: cada vez que el docente regresó a este taller mecánico con su vehículo destilando aceite (luego de haberlo retirado de esta empresa como vehículo “reparado”, esas cuatro veces citadas más arriba), el señor mecánico le cobra unos montos extras o apartes al profesor por esa fuga de aceite que jamás ha sido atendida por este mecánico, fuga que ha sido y es la evidencia más rotunda de que su vehículo ha sido mal reparado por éste y por su taller, máxime si se toma en cuenta que, vuelvo a insistir, este vehículo llegó a XXXXX Ltda. con esa fuga de aceite en abril de 2017. ¡El colmo del abuso! ¡El colmo!
Al respecto, manifiesto aquí, a modo de indignación, que de verdad no se puede creer que al profesor afectado se le haya cobrado por una falla que ha sido y es parte constitutiva del problema mecánico global por el cual llevó el 2017 su máquina a esta empresa para que se la repararan. Y menos aún se puede comprender por qué el señor mecánico le cobra al educador unos montos extras por un trabajo que tiene al día de hoy a ese vehículo destilando aceite en la casa del docente.
Pero, lo que quizás más irrita e indigna radica en que el mecánico gerente de este taller mecánico argumente, falazmente, hasta el presente, que esa FUGA DE ACEITE no tiene nada que ver con el problema mecánico con el cual llegó este vehículo a su taller y, más aún, que agregue a su impresentable evasiva que la fuga de aceite fue ocasionada con posterioridad al primer retiro del vehículo de su taller por parte del profesor, invocando, otra vez, un supuesto uso “incorrecto” del vehículo. Una vez más exclamo, casi como gritando: ¡¡El colmo el abuso!!
O sea, el mecánico gerente, no conforme con su no hacerse cargo, así como invisibilizando todo al maltrato que le ha propinado al dueño del vehículo, ahora le imputa y endosa, sin pudor alguno y con todo desparpajo, a un profesional de irreprochable trayectoria en tanto educador y formador de personas, la culpa de haber “roto” él esa parte del motor por donde se sigue filtrando el aceite o lubricante del motor, dejando como “mentiroso” a su respetable cliente. ¿Se entiende ahora por qué hablo aquí de un ensañamiento por parte del gerente de XXXXX Ltda. contra la persona del profe?
Pero sigo. Lo reprochable de la conducta del dueño de XXXXX Ltda. en el trato y maltrato que le ha “prodigado” al profesor hace meses (hace años) no se agota en lo dicho más arriba sino que estriba en que las dos últimas veces que éste llevó su vehículo a XXXXX Ltda. a causa de la citada fuga de aceite (una a principios de octubre de 2019 y la segunda el 29 de enero de este año 2020), su gerente general, le asegura al profesor que probaría con un Plan A, el cual consistía en sellar con acero líquido u otra fórmula sellante esa fisura, fisura que, dicho sea de paso, recién en esta fecha supuestamente “descubrió” el mecánico, pese a la insistencia de parte del profesor, una y otra vez, planteada durante casi tres años, en el sentido de recordarle cada vez que pudo que esa falla, esa fisura, esa fuga de aceite, era parte inseparable del problema mecánico por el cual llevó su vehículo a este taller en abril de 2017, fuga que era parte de la falla global del motor, trabajo por el cual pagó, y que, obviamente, debió ser reparada por XXXXX Ltda. El caso es que el Plan A se trataba literalmente de aplicar una suerte de parche sobre la fisura. Pero, como se entiende de lo denunciado aquí, esa solución no dio resultados, por lo mismo el día 29 de enero de este año (2020) el profe una vez más debió regresar al taller XXXX Ltda. con su vehículo destilando aceite. Pues bien, fue en este momento, cuando el señor mecánico, nuevamente, LE ASEGURÓ al profesor afectado -repito, le aseguró- que la reparación no sería muy rápida pues “tenía mucho trabajo”, como siempre… (¿Advierte el lector cuáles fueron y cuáles son las “prioridades” y “urgencias” de este gerente, verdad?); espetando o anunciando que en la semana siguiente iba a desmontar parte del motor para retirar la parte que presenta la fisura, punto focal de esa fuga de aceite; asegurándole al profe que le pasaría esta parte a un soldador especialista (un señor de Isla de Maipo, conocido de él, y que inclusive éste nombró por su apodo: “El conejo”) y que así resolvería, mediante una soldadura especial, definitivamente, el problema de la fuga de aceite (asumiendo a priori, por cierto, una vez más, que este problema no tenía nada que ver con la falla por la cual pagó el docente para que fuera reparada su máquina en XXXXX Ltda. las veces previas en que éste debió llevar su vehículo a este taller mecánico). Era este, en definitiva, su anunciado Plan B; Plan que implicó la retención del vehículo del profesor en XXXXX Ltda. desde ese 29 de enero hasta el 18 de marzo, o sea, virtualmente, casi dos meses por una fuga de aceite… ¿Y para qué? Para volver a entregarle el vehículo fallado al profesor, esto es, exactamente con la misma y eterna fuga de aceite y que, una vez más, no fue abordada en serio ni de manera respetuosa ni prolija por parte del gerente general de XXXXX Ltda. La cuestión es que, tanto el Plan A como el Plan B no fueron más que dos formas nuevas de evasivas, de abusos, abusos que, “sin querer queriendo”, se ha acostumbrado a propinarle este señor mecánico a la persona del profesor si consideramos que al profe le cobraron, una vez más, por un trabajo no realizado y que su vehículo está allí, tirado en su casa, hoy mismo, chorreando aceite.
Finalmente, y como dato que sella la desprolijidad técnica, el irrespeto y la displicencia del señor mecánico en su trato con el profesor dueño de ese vehículo, resulta que al revisar su buggie en casa con más acuciosidad, cuando lo recibe como “arreglado” la vez anterior, es decir en octubre de 2019, el profesor constata que XXXXX Ltda. le entregó esa vez su vehículo por lo menos con el 30 % menos de los broches o tornillos que a la carrocería le dan el anclaje o fijación a la estructura arquitectónica metálica del vehículo. Y, además, al revisar el cuarto cambio, es decir al tratar de accionarlo, el docente se encuentra con la ingrata sorpresa de que ese cambio que le da el carácter de 4×4 a su vehículo, literalmente, está trancado, pegado, inmovilizado, que ahora no funciona. Al solicitar explicaciones al mecánico, el profesor escucha, como de costumbre, un conjunto de excusas o seudo-razones que, la verdad, insultan la inteligencia y rayan en lo preescolar y que, por tanto, no resisten el más mínimo análisis desde el punto de vista de la argumentación racional adulta, por lo que el profe, con impotencia, optó por quedarse, una vez más, sin palabras, mudo, sabiéndose vulnerado completamente por alguien que, al parecer, jamás reconoce sus errores y que jamás atenderá ni entenderá razones. ¿Quién de las y los lectores cree que este mecánico se hizo cargo de esos dos problemas nuevos que hasta hoy presenta la máquina del docente? ¡Olvídenlo! ¡El mecánico citado aquí, la verdad, definitivamente se ha ensañado con el profesor! ¡Y yo no sé cómo éste ha podido tolerar tanto pero tanto abuso de parte del gerente de XXXXX Ltda.!
Ya despidiéndome, invito al lector a tomar nota: como muestra de su decencia y voluntad de que esta controversia (injusticia suena mejor) sea resuelta por un mediador, árbitro o un juez -no por el afectado ni por el mecánico-, el profesor ha emitido el cheque Nº 3472264, de Scotiabank, por el monto $ 42.117, suma que remite al último de los cobros abusivos que le hizo el mecánico por “reparar” la fuga de aceite de su vehículo -reparación que, una vez más, jamás se materializó pues su vehículo sigue destilando aceite hoy mismo-; documento bancario cuyo pago lo deja desde hoy pendiente (por consejo mío) hasta el día del pronunciamiento de un veredicto o fallo por parte de la autoridad que examine la presente demanda (en el evento que se tenga que llegar a estas instancias). Sobre el cheque: es nominativo y cruzado, y fue fechado al día 19 de marzo de 2020 a la orden del gerente de XXXXX Ltda.; aunque este hecho, a quienes lean este caso, les parezca una locura, una inmolación, de parte del profesor.
A propósito de esto último, se citan a continuación, a modo de respaldo, las iniciales de los nombres de algunas de las personas que han sido testigos de ese proceso del que ha sido víctima el profesor por parte de XXXXX Ltda., quienes, ante el evento de ser requeridas por la autoridad jurídica y/o institucional competente, ofrecen desde ya su comparecencia para dar testimonio en favor del profesor afectado: R.B.N., C.A.G., G.M.I., J.L.R., C.A.S., R. B. R., F.A.P., S.R.B., N.D.S., E.N.B., S.F.M., etc. La totalidad de ellas y ellos son docentes y profesionales que trabajan como colegas del profesor afectado hace más de 8 años, y conocen muy bien el historial de maltratos que ha padecido éste (y su vehículo) en su condición de cliente de XXXXX Ltda.
Conclusiones: Reservándome el derecho a emprender cualquiera de las acciones que contempla la legalidad vigente a fin de que se restablezca el imperio de la decencia y el derecho en el caso de mi defendido, incluyendo en ello la obvia exigencia de las respectivas indemnizaciones de perjuicios por daños civiles y morales, la abogada que aquí suscribe da fe que el relato precedentemente expuesto se ajusta en su forma y en sus detalles, integralmente, a unos hechos de los que esta misma ha sido testigo. Asimismo, no se excluye de esas acciones aquí anunciadas la exposición de este caso de abusos en plataformas, redes y/o medios de prensa comprometidos con la defensa de los DDHH y civiles de ciudadanos y consumidores, sobre todo para ejemplificar y educar sobre lo que no debe hacer jamás, ¡jamás!, un mecánico con algún cliente suyo.
PP: Andrea Hermosilla
Abogada
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Declaración jurada del afectado: A veintitrés días del mes de marzo del año que corre, año 2020, yo, RUT 10122488-0 -Profesor, Licenciado en Educación, Egr. de Mg. en N. A. A. E.- prometo, declaro o juro, ante la ley y ante cualquier autoridad de la República de Chile, que los hechos aquí descritos, por la abogada Andrea Hermosilla remiten, remiten fielmente, con total exactitud y con veracidad plena, a la experiencia que me ha tocado vivir con XXXXX Ltda. de Isla de Maipo desde el año 2017 al presente en mi calidad de dueño del vehículo aludido en dicha denuncia y que esta empresa, a través de su gerente general, de oficio mecánico, se niega a entregármelo, sin cobros anexos, reparado en los términos acordados con XXXXX Ltda., acuerdo que se hace extensivo o que cruza los años 2018, 2019 y 2020, tiempo durante el cual XXXXX Ltda. ha sido y es la empresa responsable de responderme por mi vehículo.