Casa Migración INDH presenta recurso en favor de Jenifer Suley Candelo

INDH presenta recurso en favor de Jenifer Suley Candelo

INDH presenta recurso en favor de Jenifer Suley Candelo

El pasado viernes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó un recurso de amparo a favor de Jenifer Suley Candelo, inmigrante colombiana «detenida ilegalmente desde el 20 de enero pasado, en virtud de una orden de expulsión del país, en dependencias de la Policía de Investigaciones de Arica».

Fuente: Emol y Cooperativa

El recurso fue interpuesto en la Corte de Apelaciones de la ciudad y en éste consta que: «durante los casi dos meses de detención a Jenifer se le han retenido todos sus documentos de identificación, no se le ha permitido su aseo diario, el acceso al sanitario para sus necesidades básicas, y recién el pasado domingo 10 de marzo, se le proporcionó una cama y se le informó que su vuelo a Bogotá se efectuaría el día 19 de marzo, momento en que recién se ejecutaría la medida de expulsión».

Para la directora del INDH, Lorena Fries, esta situación «es grave, porque de acuerdo a la Ley de Extranjería, una persona que tiene orden de expulsión, tiene un plazo de 24 horas para ser ejecutada dicha orden por parte de la autoridad administrativa y esta persona desde el 20 de enero hasta el día viernes había estado detenida en dependencias de la Policía de Investigaciones y, sobre todo, en condiciones que no son dignas para ninguna persona que haya sido detenida».

Fries acusó que «sólo se le entregó el día jueves una cama y un colchón para dormir, no tenía acceso al sanitario para sus necesidades básicas, no se le permitió el aseo diario y esto se une a lo que hace un par de días vimos con 17 personas migrantes que también estaban en una misma situación».

«La Convención sobre Derechos de las Personas Migrantes, de la cual Chile es Estado parte, establece que las personas migrantes cuando son sujetos a ser expulsados por las razones que fundamentadamente se tengan, tienen que estar en sitios adecuados para ellos, nadie puede pensar que un sitio adecuado para ellos es un recinto donde no hay posibilidades de aseo sanitario, no hay posibilidades de acceso al baño, no hay camas», agregó la directora del INDH.

Lorena Fries concluyó su argumento indicando que «tienen que someterla a control judicial dentro de un plazo de 24 horas, esto no fue el caso, ella además nos contó que había habido otras situaciones similares a la suya mientras ella estuvo custodiada por parte de la Policía de Investigaciones y nos preocupa que esto sea una práctica generalizada, dado que somos un país al que está llegando mucha gente en la idea de mejorar sus posibilidades de vida».

Finalmente, Fries dijo que «como órgano del Estado, todos los servicios y órganos del Estado tienen una obligación de colaboración con el Instituto Nacional de Derechos Humanos en término de entregar información».

Corte de Apelaciones acogió recurso

El fallo, dictado por los ministros Samuel Muñoz, Marcelo Urzúa y Rodrigo Olavarría, determinó que la detención de la mujer fue arbitraria por exceder el plazo de 24 horas que habilita la ley en este tipo de casos, además de vulnerar los derechos fundamentales y básicos de la afectada.

 «Dicha arbitrariedad dimana además de la imposibilidad real y efectiva que la Sra. Jenifer Suley Candelo Riascos estuviera en situación de ejercer efectivamente los derechos que los referidos cuerpos legales le reconocen, aun de haber sido estos puesto en su conocimiento», reza el fallo.

Asimismo, agrega que la «Fiscalía ante las particularidades del caso, pudo adoptar algún procedimiento en resguardo de los derechos de la persona detenida, situación que no ocurrió y que devela una vez más la precariedad de los procedimientos en que se ve especialmente comprometida la libertad de las personas y amagados sus derechos».

Sobre las circunstancias del encierro, el tribunal sostiene que «si bien no se ha podido determinar con certeza que ellas fueran atentatorias de la dignidad humana, lo cierto es que el recinto donde permaneció detenida la amparada, conforme pudo constatar esta Corte, no es apto para detenciones de larga estadía desde que no cuenta con las condiciones básicas que permitan el desarrollo normal y cotidiano de la vida, en prisión, considerando además que en casos de privación de libertad el único derecho afectado es la libertad».

Es por eso que, en vista de estos antecedentes, el tribunal de alzada concluyó que la detención sufrida por Candelo «fue ilegal, arbitraria y contraria a todo juicio de racionalidad, a la vez que desmedida y desproporcionada en atención a sus fundamentos, lo que importa una flagrante vulneración de sus derechos, pues se conculcó su libertad personal al margen de todo sustento jurídico y de legitimo procedimiento».

Del mismo modo, se ordenó oficiar al Ministerio del Interior y al director de la PDI para que se indague eventuales responsabilidades administrativas para que se establezcan protocolos para evitar estos hechos en vista de que «no parece ser un hecho aislado», luego que el 9 de marzo pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un amparo similar presentado a favor de 17 inmigrantes detenidos en el cuartel Borgoño de la PDI de Santiago.